2.
La monarquía
a.
Organización política
i.
El rey. Atribuciones
ii.
El senado. Facultades
iii.
Los comicios. Asambleas populares.
Comicios curiados, funciones. Comicios calados
b.
Organización social
i.
Tribus y curias
ii.
Patricios, plebeyos y clientes
iii.
Patricios, plebeyos y las reformas
de tarquino el soberbio y Servio Tulio
c.
La religión
d.
Organización económica
e.
Fuentes del Derecho
3.
La República
a.
Génesis y asentamiento
b.
Estructura económica-social:
territorio, población y sociedad.
c.
Conflicto social patricio plebeyos.
Lucha de clases
d.
Los tribunos. Las concilia plebis,
comicios por tribus.
e.
La ley de las XII tablas. Formación,
caracteres, contenido, importancia e interpretación.
f.
Situación de la plebe con
posterioridad a la ley de las XII tablas.
El
termino civita deriva de la palabra latina. Cuando en roma se habla de civita
se refiere a una civilización, a una ciudadanía, a un ciudadano y a una ciudad. Esto es importante para que
nos demos cuenta de la relación que tenia el hombre con roma, el ciudadano
romano con roma. Parece simple pero no lo es, cuando hablamos de civita
hablamos de un ciudadano romano, como un
hombre libre, orgulloso de ser un ciudadano romano, también hablamos de una civilización que
marco un antes y un después en la historia del mundo, como es que la historia
del mundo va a ser referencia a lo que fueron los romanos, desde el punto de
vista jurídico y desde el punto de vista religioso, desde el punto de vista
político y social, también desde el
punto de vista del arte, la música, la ingeniería, entre otros.
Desde
el punto de vista del derecho arcaico, la civita es una ciudad, y la ciudad es
la demarcación territorial que constituye una unidad político-administrativa,
que une suficientemente a los civitas, hasta el extremo de identificarse con
ella. En este derecho arcaico tomamos la civita como la demarcación
territorial, es decir, donde esta el asentamiento romano y que además existe un
vinculo que une al ciudadano romano con el territorio que ocupa.
Los
romanos no personificaron jurídicamente al Estado como en la actualidad, ellos
consideraban a los ciudadanos y al Estado como una misma entidad. No existe
división entre lo que entienden los romanos por el territorio y lo que
entienden por ciudadano, ya que es una misma cosa para el derecho arcaico. Esto
va a evolucionar en el tiempo, y ya no exististira este vinculo tan fuerte en
la ultima época del imperio romano, que a partir de la Republica comienza a
ceder este vinculo, ya que las personas y los políticos no van a tener ese
vinculo tan estrecho con la ciudadanía
romana. Sin embargo no significa que no va a existir esa influencia, porque van
a ver emperadores que la van a proyectar y va a ser determinante para la toma
de deciciones en todos los periodos, ej.: el gran sueño de Justiniano fue la
unificación de roma, por la creencia de la unión del ciudadano con el
territorio.
Las
civitas están establecidas desde el siglo II a d C hasta el siglos III d de C.
Ese ámbito territorial político-administrativo estaba conformada solo y
exclusivamente por hombres libres que ocuparon un pequeño territorio, todos
dispuestos a deferender contra cualquier ingerencia externa. A ese ámbito
territorial llamado civita ocupada por hombres libres se le llamaba el populus romano, es decir el pueblo
romano. La civita conforme al conjunto de derechos y obligaciones políticas y
civiles inherentes al ciudadano romano, entonces estamos hablando de civita
como ciudadano, ciudadanía, ciudad, civilización; un ámbito territorial ocupado
por hombres libre pero que también tienian derechos y obligaciones. Por eso es
que se hacían denominar solo ciudadanos romanos, porque son los ciudadanos
romanos, hombres libres, los únicos que van a tener derecho a roma, derechos de
carácter político y privados. Solo los romanos tienen derecho a un nombre, al
matrimonio, a dejar por testamento y a demandar. Esto son privilegios que
tienen los ciudadanos romanos, sin embargo roma cuando se propone la expansión
territorial, no solamente lo hace a través de la guerra sino también con
tratados internacionales donde el negocia con los extranjeros otorgándole la
ciudadanía romana.
LA GENS.
ELEMENTOS, CIUDADANIA Y VICITAS (Chibly p. 83)
Las
Gens: elementos. Ciudadanía y Civitas
GÉNESIS DE LA CIVITA
La
génesis de la Civita, el Estado y su organización política esta centrada en las
tribus originarias (los latinos, los sabinos y los etruscos). Estas tribus se
unieron y conformaron una gens. La gen
podría definirse como un conjunto de familias que descendían o creían descender
de un antepasado común que tenía sus
divinidades, sus costumbres y territorio. Es decir, la gen es la
conformación de una tribus que se unen y conforman una gen. Esa gen tiene que
cumplir unos requisitos para que se pueda constituir, y uno de esos requisitos
es que ella considere que todos los miembros de esa gen tiene un antepasado
común, entonces se agrupan en esa gen. Esa gen va a ser un mini-estado, porque
va a tener una persona que los dirige que es el jefe de la gens (Pater Familia),
va a tener su propia religión, su propia costumbre y va a tener normas que va a
regular exclusivamente esa gen. Por eso se dice que el estado romano es el
reflejo de esa gens.
La
población romana estaba dividida en tres tribus, los latinos, los sabinos y los
etruscos), y cada tribu se dividió en 10 curias, por lo que habían 30 curias en
total. En cada una de estas curias había 10 gens, por lo que existían entonces
300 gens.
Las curias son
particiones de la población que se radicaban en lugares determinados. Eran
presididas por un curio, mientras que todas las curias eran presididas por un
curio maximus. La palabra curia viene
de coviria que significa reunión de
guerrero. Otros dicen que deriva de quiris
o curis, que quiere decir lanza.
La gens
estaba compuesta por Pater Familia, Fili Familia (por consanguinidad y por
agnación o vinculo civil (ciudadanos romanos sometidos a la autoridad del pater
familia), la Mater Familia, los clientes (extranjeros libres) y los
esclavos nepos (esclavos para la
proteger a las vírgenes de la familia).
Los
clientes y los plebeyos, no entran en esta etapa, solo en la etapa de la
república. Ya que esta etapa es del inicio del imperio, y solo estaba
constituida por la gens.
ELEMENTOS CARACTERÍSTICOS DE
LA GENS
Nombre propio que los identifica y las particulariza, y las hace diferente a las
demás; y que el nombre estaba constituido por el gentilicio, que era distinto
de cada gen. Por ej.: la Gen Claudia y la Gen Flaura.
El culto: cada quien tenía un culto. Roma era politeísta. Cada pater de familia tenía una religión y
esta era transmitida de generación en generación. El culto de cada gens constituía
los llamados “Sacra Gentilicia”.
Las costumbres: cada gens tiene costumbres particulares que regula la vida de la
gens, la gens vigila para que estas costumbres sean observadas y respetadas. Se
denomino la notae gentilicia, y un
miembro de la gens podía ser expulsado si contraviniere dichas normas.
Las sepulturas: todos los componentes de una misma gens tiene sepultura común.
Los decretos: las normas jurídicas que dictaba el Pater de familia para regular la
conducta de los miembros de la gens. Llamados los decreta gentilicia.
El interés económico: es común a toda gen determinado por la permanencia en un mismo
territorio que la gen cultiva en común, esto quiere decir que si en la gens
eran agricultores, todos los miembros de la gens hacían lo mismo, o si fueran
ganaderos o artesanos, de igual forma todos sus miembros tenían la misma
actividad económica.
LAS CIUDADANIAS
Al
principio en roma existen dos
ciudadanías
Civita romana: es la civita que tiene todos
los derechos, derechos de carácter político y privados.
Cive Sine Sugrafio: son aquellas personas que el imperio romano le otorgo la ciudadanía y
solo algunos derechos, entre ellos el derecho al voto.
Luego,
existirán otras ciudadanías otorgadas dependiendo como acordaran con roma. Si
fueran vencidas por la guerra o si establecieran un acuerdo internacional y se
someten.
Civita atributae: que son aquellas que daban bajo la sujeción de una colonia o de otros
municipios a las cuales se les venía atribuido. O sea queda sometido a un
municipio o a lo que roma decida. En algunas ocasiones si es un tratado de
derecho internacional roma les va a
nombrar una administración que sea de la misma nacionalidad o de la misma
nación de ellos que le tiene que rendir cuentas a roma.
Civita de cumanae: también llamada la justipendiaria
de roma, llamada asi por que tenia que pagar un impuesto a roma consitente del 10%
del producto producido en el ager publico
romano. Cuando roma conquista, roma se hace dueña de las tierras extranjeras.
No puede matar a todos los ciudadanos que viven en esas tierras extranjeras,
pero les cobra el impuesto de lo que producen.
Civitate foederatae: ciudades federadas, las cuales se ligaban a roma por medio de un
tratado en la que se le reconoce su autonomía y ciertos niveles de soberanía, tenía
jurisdicción propia, libre de guarnición romana; es decir se someten a roma por
medio de un tratado y roma no vigila En
el territorio que fue denominado por roma el Ager Publico iuris peregrino, esta
era la razón convencional que surgía del tratados de derecho internacional
entre los civitas. También fueron llamados civitas libre de cualquier guarnición.
Civita latinae: está integrado por aquellas personas que tienen un descendiente de la
antigua liga latina, roma le reconoce el derecho al comercio, tienen el ius conubi, tienen la justa nupcias y el
derecho a emigrar (pueden abandonar roma y regresar sin inconvenientes).
Civita liberae et inmune: son aquellas que fueron vencidas por roma pero fueron consideradas
libres, gozaban de relativa autonomía y el ejercicio del ius privatum. Estaban
obligadas a dar prestaciones de granos y tropa. Sometidos por guerra fácil.
Civita peregrinae: son aquellas que fueron conquistadas por roma sin constituciones ni
latinas ni romana, una se encuentra ligada por tratados de derecho
internacional llamado la foderatae o sine foderatae liberate que fueron
llamados también peregrinos.
Civita sini foedare liberae: fueron vencidos por tratados de derecho internacional en concesión
que le dieron los comicios o el senado o los senado-consultos. Es decir que en
el tratado de derecho internacional fueron los comicios o el senado lo que
hicieron el convenio con esa nación extranjera. Tuvieron libertad condicionada
y dependían de la obediencia a los dictados romanos
Civita stipendiariae: vencidas por roma, las tierras eran
considerados como propiedad del pueblo romano, pero administrado por el estado
romano a los propietarios anteriores se concedía la posesión y el uso. También
le daban a roma el pago de impuestos. En Dinero o Producto.
Civita vectigales: esta civita era otorgada a
los pueblos vencidos en guerra que después de una ardua lucha donde emplearon
todos los recursos y fuera y como castigo por la resistencia. Eran reducidos a
una vejatoria situación jurídica, el ater
pasa a ser del pueblo romano, los tributos los cobra directamente los
publicanos pero además debían pagar
Civita vicaptae: estaban conformados por aquellas conquistas después de haberse librado
la más feroz guerra, dadas esas circunstancias estos tenían las peores
condiciones, similares a esclavos. Considerados una cosa.
Estos no son
ciudadanos romano, pero roma tiene el poder sobre sus tierras.
DERECHO ARCAICO
ETAPA: LA MONARQUÍA
Formas de gobierno
LA ORGANIZACIÓN
POLÍTICA
Rey, El senado, Los
comicios.
REYES
Geniunamente itálico: Romulo,
Numa Pompilio, Tulio Hostilio, Anco Marcio
Extranjeros: Tarquino el Viejo,
Servio Tulio, Tarquino el Sobervio.
El rey va a ser la
persona que dirige los destinos de roma para la época de la monarquía. Va a
tener todos los poderes.
Era llamado el
magistrado popular romano, que tenia un carácter de elegibilidad. El rey
desiganba quien lo iba a suceder en el cargo, no necesariamente era por vinculo
consanguíneo, podía ser cualquiera. Si el rey moría sin que designara a
alguien, entonces el senado debía escogerlo. El Inter Rex era invocado por el senado que es que cada uno de los
miembros del senado ocupa el reinado por 5 días hasta que nombren rey. Para el
nombramiento del rey por parte del senado consultaban a los auspicios y estos
determinaban cual era la persona adecuada para ser designado como nuevo rey.
Atribuciones del
rey
Políticas: Tiene el
mando supremo, convoca y proyecta las Leyte que luego serán votadas en los
comicios. El rey presenta el proyecto de ley a los comicios y estos lo discuten
y la votan. Generalmente va a aprobar la ley que propone el rey. Está a cargo
de la administración económica y financiera. Es el jefe del gobierno de la
ciudad y en caso de impedimento o ausencia lo sustituye el praefectus urbis.
Religioso: es el
sumo sacerdote, es el interprete supremo de la voluntad de los dioses y era
quien velaba por los cultos. Contaba con auxiliares que eran los colegios
religiosos o sacerdotales, los arúspices y augures.
Militares: era el
jefe militar, comandante del ejército y tiene como auxiliar al tribuno militar
que era el jefe de la infantería y al tribuno
celerum que era el jefe de la caballería.
Judiciales: el rey tenia
la iniciativa de la represión penal y la facultad de regular la defensa
privada.
i.
EL SENADO. FACULTADES
Es
un órgano consultivo del rey. Va a asesorar al rey en temas de importancia del
imperio romano, para la seguridad y defensa.
Esta
constituido por los señores patricios, los señores más viejos y de más
experiencia. Estuvo conformado por 10 personas. Pero en la medida que pasaron
los años se fueron agregando senadores. En la época de Tarquino el Antiguo el número
alcanzo a 300 senadores.
Facultades
a)
Facultades de consulta y asesoría.
Parece que el rey no está obligado a seguir el dictado que de este emane, pues
solo es una consulta.
b)
También tiene la función del Inter Rex, ante la muerte del rey sin
que este haya nombrado a un sucesor.
c)
El ejercicio de las autoritas patrum, que es la ratificación
de las leyes aprobadas por los comicios.
ii.
LOS COMICIOS. ASAMBLEAS POPULARES. COMICIOS CURIADOS, FUNCIONES.
COMICIOS CALADOS
El pueblo ejercía sus derechos en los comicios,
segundo órgano político de la época de la monarquía. Estas tienen dos
categorías: Comicios curiados (comitia
curiata) y los Comicios Calados (comitia
calata).
Comicios curiados: Son las asambleas formada por los integrantes de las 30 curias, o sea
la unión de las curias en los comicios. El rey es quien convoca a estas
asambleas.
Funciones
de los comicios curiados: votan leyes (leges
curiatae) propuestas por el rey o de alguno de sus miembros. Estas leyes
las debe ratificar el senado.
a)
Participación en ceremonias
religiosas
b)
Participación a la lex curiata de
imperio
c)
Intervención en catos públicos y
privados que interesaban directamente a toda la comunidad:
a. En caso de declara la guerra o contratar la paz, así como en la
elección del rey y en la concesión del derecho a la ciudadanía.
b. En los actos en los cuales se renuncia el culto familiar.
c. En la adrogatio, acto por el
cual un peter familia viene adoptado por otro pater familia, es decir, una
adopción de un sui juris (de las
personas libres de quienes no estaban sometidas a ninguna potestad).
Comicios calados: los comicios curiados eran (de carácter religioso) pues los curiados
eran de carácter civil, eran convocados por un lictor de curias, por orden del rey, que los presidia y también por
el pontífice maximus.
Las funciones: el otorgamiento de testamentos, de allí
la denominación de estos testamentos (testamentum
in comitis celatis). Eran hechos ante el pueblo, quien era convocado por un
calator.
ORGANIZACIÓN SOCIAL
La sociedad primitva: tribus y curias.
Las curias estaban integradas por gentes. La gens ,
integrada por las tres tribus que hablamos en el principio. (sabinos, latinos y
etruscos)
Patricios: son los
descendientes de las familias originarias de los fundadores de la ciudad, esta
era la clase priviligiada (nobles) y solo ellos intervienen en el gobierno y
dirigen el culto; conservando por un lapso de tiempo considerable para si los
derecho políticos y privados. (tenían derecho al sugragio, al nombre, entre otros)
Plebeyos: con el
tiempo aparece un nuevo estrato social, la plebe; en un principio y durante una
larga época, les estuvieron vetadas las funciones publicas. Labradores de los
cambio, industriales y comerciantes de la ciudad, estaban excluido del culto
Publico de las magistraturas y del senado. Los plebeyos tenían solo el ius
comercio y no gozaban de los otros derechos, en barticular no tenían el ius
connubii ni el ius honorum.
Clientes: se llaman
clientes a los miembros adscritos (incorporados a llas gens) sin ser
considerados parte integrande de ellos. Esta consituidas por huespes pobres,
por individuos expulsados de otras gens, por esclavos liberado, por extranjeros
vencidos los cuales piden y obtiene protección por parte del grupo. El jefe de
la gens, que ejerce la tutela sobre los clientes, se llamaba frente a ellos
patronus.
PATRICIOS, PLEBEYOS Y LA
REFORMA DE TARQUINO EL SOBERVIO Y …
La existencia en la
sociedad romana de dos clases de hombres privilegiados unos y desamparados
otros, necesariamente debía originar un conflicto social con intensas
proyecciones sobre el derecho. La plebe siguió aumentando progresivamente y el
equilibrio social estaba amenazado desde el momento en que esta clase adquirió
plena conciencia de su poder dentro del Estado.
Era necesario pasar
de otra organización que consagrara por igual los derecho de estos sectores
sociales excluidos, por razones de nacimiendo, de ventajas ciudadanas.
El primero que
intento resolver la situación fue taquino el antiguo, creo nuevas tribus al
lado de los que ya existían en roma, pero los patricios se opusieron invocndo
la religión, trato de llevar a la clase patricia un numero de familias plebeyas
que tuvieran buena posición económica. Asi se repartieron entre las tres tribus
a las familias plebeyas y se les dio ingreso al senado.
La religión (el
culto): la religión en roma estuvo estrechamente ligada a la vida institucional
del estado, no solo porque era parte integrante del derecho publico, sino
porque tenia gran ascendencia en las relaciones de los particulares, que en los
primeros tiempos debían conformarse con la voluntad de los dioses por la
estrecha relación de las normas jurídicas con las religiosas.
Organización económica: los
pueblos que poblaron Italia habían pasado ya que la etapa de la vida nomada y
pastoril, llegando a la vida sedentaria dedicándose al cultivo de tierras, esos
fueron elementos de riqueza, con cabezas de ganado se realizaban pagos, ya que
la moneda no se conocía como isntrumento de cambio. En tiempos avanzados
existió la moneda que era de cobre sin acuñar, hasta la época de los decenviros
en que comenzó a acuñación de sus monedas.
La república: 5
siglos:
Según la tradición,
la república se estableció en roma como consecuencia de un movimiento
revolucionario a raíz de las arbitrariedades y abusos de los últimos reyes.
El movimiento
revolucionario determino la expulsión del monarca y el juramento de los romanos
de los romanos de no dejarse gobernar jamás por una sola persona, o sea, en no
consentir el retorno de la realeza.
La palabra
república viene de res (cosa) publica (publica), en oposición a la res privata,
cosa particular “en derecho político significa una forma de gobierno por la
cual el ejercicio de la soberanía corresponde al pueblo ya sea directamente o
bien valiéndose de instituciones representativas y en los que igualmente la
soberanía es personificado en un titular individual o colectivo, cuya
magistratura ha de concebirse neceariamente como colectivo, temporal y
responsable.
Conflicto social patricio plebeyo Lucha de clases
A pesar de las
reformas de tarquino prisco y servio tulio, la situación de la plebe no había
mejorado notablemente, los plebeyo no se beneficaban con el resultado de las
campañas militares, ya que solo los patricios tenían el derecho a participar en
las asignaciones del territorio tomado al enemigo, las constantes guerras, las
cuales tenían la obligación de concurrir, impedían a la plebe dedicarse al
cultivo de las tierras, acudiendo asi a los patricios con el fin de obtener
prestamos. El incumplimiento del pago de cihos prestamos tenia consecuencias
injustas como la perdida de la libertad mediante la prisión e incluso podían
ser vendidos como esclavos.
Los plebeyos
protestaron contra tales injusticias pero las clases dominantes hacían caso
omiso de sus requerimiento, en el año 260 a 494 a C. se retiran de la ciudad,
situándose en el monte Aventino, luego al Monte Sacro. Los patricios por la
amenaza de la plebe y porque necesitaban de ellos para la consecución de sus
guerras, querían mantener la cohesion social, por tal motivo accedieron a sus
peticiones, les perdonaron las deudas, liberaron a los prisioneros y les
permitieron el nombramiento de los magistrados plebeyos (tribuna plebis).
Concilia plebis: el tribuno
convocaba y era otra función, las asambleas de la plebe (concilia plebis) los
cuales elegian los sucesores de los tribunos y también tomaban deliberaciones
de carácter normativo, que se denominaban plebiscitos, que regularon por mucho
tiempo la clase plebeya.
El tribunado de la
plebe fue reservado solo a los plebeyos, en caso de que los patricios quisieran
ocupar ese cargo, debía pasa a la clase plebeya.
g.
Organización social
i.
Tribus y curias
ii.
Patricios, plebeyos y clientes
iii.
Patricios, plebeyos y las reformas
de tarquino el soberbio y Servio Tulio
h.
La religión
i.
Organización económica
j.
Fuentes del Derecho
4.
La República
a.
Génesis y asentamiento
b.
Estructura económica-social:
territorio, población y sociedad.
c.
Conflicto social patricio plebeyos.
Lucha de clases
d.
Los tribunos. Las concilia plebis,
comicios por tribus.
e.
La ley de las XII tablas.
Formación, caracteres, contenido, importancia e interpretación.
f.
Situación de la plebe con
posterioridad a la ley de las XII tablas.
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